TESTIMONIO: VISTO: El Expediente Nº 2689-B/97, iniciado por la Asociación Cooperadora de la E.E.M. Nº 201 de Napaleofú, mediante el cual solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad, correspondiente a Tasas Municipales de la casa lindera al establecimiento y que será destinada a aulas, Partida Municipal Nº 9556/00/3, propiedad sita en Napaleofú, y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo no se encuentra facultado para otorgar condonaciones de deuda. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 61/98 ------------------------------ ARTICULO 1.- Condónase la deuda que mantiene por Tasas Municipales ------------ al inmueble sito en Napaleofú, Partida Municipal Nº 9556/00/3.--------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------